Interpretación Prejudicial
2025:
Proceso 217-IP-2021 del 26 de febrero de 2025, publicado en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena 5634 del 6 de marzo de 2025.
- El impuesto sobre el patrimonio en el marco del régimen para evitar la doble tributación y prevenir la evasión fiscal en la Comunidad Andina, pp. 8-11.
Proceso 413-IP-2022 del 26 de febrero de 2025, publicado en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena 5634 del 6 de marzo de 2025.
- Sobre la forma cómo la excepción prevista en el literal a) del artículo 22 de la Decisión 351 se aplica en los entornos digitales —tales como páginas web, blogs y redes sociales— que utilizan el internet como vehículo de comunicación, en aplicación de los métodos de interpretación teleológico y evolutivo, pp. 9-11.
- Sobre la forma cómo la excepción prevista en el literal f) del artículo 22 de la Decisión 351 se aplica en los entornos digitales —tales como páginas web, blogs y redes sociales— que utilizan el internet como vehículo de comunicación, en aplicación de los métodos de interpretación teleológico y evolutivo, pp. 11-13.
Proceso 191-IP-2022 del 6 de febrero de 2025, publicado en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena 5634 del 6 de marzo de 2025.
- Las conferencias, alocuciones, sermones y otras obras de igual naturaleza como objeto de protección del derecho de autor, pp. 9-10.
Proceso 236-IP-2023 del 6 de febrero de 2025, publicado en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena 5625 del 18 de febrero de 2025.
- Las medidas que puede asumir la autoridad nacional competente al fallar en una demanda por infracción de derechos de propiedad industrial, pp. 5-7.
Proceso 155-IP-2023 del 6 de febrero de 2025, publicado en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena 5625 del 18 de febrero de 2025.
- La cancelación por falta de uso de un lema comercial, pp. 6-8.
Proceso 55-IP-2022 del 6 de febrero de 2025, publicado en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena 5621 del 14 de febrero de 2025.
- Ampliación de la interpretación prejudicial del criterio de «bajo vigilancia de la autoridad aduanera competente» de los requisitos para que se considere expedición directa de Mercancías originarias de un País Miembro transportadas en tránsito en un país no miembro de la Comunidad Andina, pp. 7-9.
- Desarrollo de los criterios «razones geográficas o consideraciones relativas a requerimientos del transporte» como justificación para la expedición directa de mercancías originarias de un País Miembro a través de uno o más países fuera de la Subregión, pp. 9.12.